Córdoba: el Tribunal Superior acotó la actualización de indemnizaciones laborales
La Sala Laboral fijó el 6 de marzo de 2026 como inicio de aplicación del artículo 55 de la Ley 27.802, con casi 8.000 juicios pendientes.
- La Sala Laboral de Córdoba delimitó la aplicación del artículo 55 de la Ley 27.802.
- La disposición rige desde el 6 de marzo de 2026.
- No alcanza a toda la deuda de los juicios en trámite.
- Hay casi 8.000 causas pendientes; la mayoría comenzó antes de esa fecha.
Una decisión del Tribunal Superior de Córdoba abrió un debate sobre la actualización de las indemnizaciones laborales. La Sala Laboral estableció un límite temporal para aplicar el artículo 55 de la Ley 27.802.
Según lo resuelto, esa disposición rige desde el 6 de marzo de 2026. El fallo determinó que no corresponde extenderla a la totalidad de la deuda de los juicios que están en trámite.
La definición se conoce en un contexto de casi 8.000 causas pendientes de resolución. La mayoría de esos procesos se inició antes de la fecha fijada por el tribunal.
El alcance temporal de la norma queda así en el centro de la discusión: el criterio adoptado limita su aplicación en los expedientes abiertos, sin extenderla a toda la deuda acumulada.
Por qué importa: El criterio importa para trabajadores y empleadores con juicios laborales en Córdoba porque define el alcance de una norma sobre la actualización de indemnizaciones.